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RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 150726-0122COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL (CEN) Y EL COMITÉ NACIONAL DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO COPEI

A toda nuestra militancia, dirigencia, simpatizantes y a la opinión pública nacional:


La Comisión Electoral Nacional (CEN) y el Comité Nacional de Copei, en pleno uso de las atribuciones legales y estatutarias que nos confieren nuestras normas internas, la Ley Orgánica de Procesos Electorales y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, nos dirigimos al país para informar lo siguiente:

CONSIDERANDO
Que, de estricto cumplimiento con nuestra norma estatutaria y reglamentaria interna, esta Comisión Electoral Nacional se encontraba en la fase definitiva para convocar formalmente la Convención Estadal Copei 2026 dentro de los lapsos y términos previamente establecidos de manera institucional.

CONSIDERANDO
Que es de notoriedad pública el devastador doblete sísmico ocurrido en nuestro territorio nacional el pasado 24 de junio de 2026, el cual ha afectado de manera catastrófica a diversas regiones de nuestro país, generando una situación de emergencia nacional y vulnerabilidad para miles de familias venezolanas.

CONSIDERANDO
Que el pensamiento humanista y los valores fundamentales de nuestra organización política colocan a la persona humana, su dignidad, su vida y su seguridad como el centro y fin supremo de todo nuestro accionar.

CONSIDERANDO
Que las actuales condiciones económicas, de infraestructura y de movilización derivadas de esta contingencia impiden el desarrollo óptimo, seguro y transparente de un proceso electoral interno, obligándonos a actuar bajo los principios de prudencia, responsabilidad y solidaridad social.

CONSIDERANDO
Que, ante una crisis de magnitudes impredecibles que golpea directamente el corazón de los hogares venezolanos, LA REALIDAD SUPERA LA NORMA, obligándonos como institución Democrática, a priorizar la vida y la sensibilidad social por encima de cualquier formalismo burocrático o cronograma preestablecido.

CONSIDERANDO
Que el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) consagra el derecho a la vida como un derecho inviolable, en perfecta concordancia con el artículo 55 ejusdem, el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado frente a situaciones de vulnerabilidad, riesgo o amenazas a su integridad física. En consecuencia, el partido Demócrata Cristiano Copei, como entidad de derecho público, asume el deber ético y constitucional de cuidado hacia sus militantes, delegados y autoridades, absteniéndose de promover concentraciones masivas en zonas de alto riesgo sísmico y estructural.

CONSIDERANDO
Que las partes involucradas en esta resolución invocan la Teoría de la Imprevisión (Rebus sic stantibus), doctrina ampliamente respaldada por la jurisprudencia administrativa, la cual determina que cuando las circunstancias fácticas que rodean la ejecución de un acto o proceso varían de forma drástica, catastrófica e imprevisible, las reglas del juego deben adaptarse para evitar un daño desproporcionado o la nulidad material de las actuaciones.

RESOLVEMOS:

PRIMERO. – POSPONER de manera temporal la realización de la Convención Estadal Copei 2026. Esta decisión obedece a una causa de fuerza mayor y una situación sobrevenida que genera una obligación moral y humanitaria ineludible para nuestra institución.

SEGUNDO. – PRIORIZAR y DECLARAR en sesión permanente a nuestras estructuras en función de la ayuda humanitaria. En este momento, nuestra misión principal se centra en la colaboración activa y el auxilio de todos nuestros connacionales y compañeros de partido afectados.

TERCERO. – REAFIRMAR que, una vez superada la emergencia y cuando estén plenamente garantizadas las condiciones técnicas, logísticas, de seguridad y bienestar para nuestros militantes, esta Comisión Electoral Nacional en conjunto con el Comité Nacional, tomará las acciones necesarias para reprogramar y fijar la nueva fecha del proceso electoral interno.

CUARTO. – NOTIFICAR oportunamente este DIFERIMIENTO EXCEPCIONAL a las autoridades de las instituciones nacionales correspondientes Consejo Nacional Electoral (CNE), ratificando que, nuestro proceder se mantiene estrictamente apegado a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes aplicables y la normativa estatutaria de nuestra organización.

Entendemos que esta excepción es estrictamente necesaria ante la realidad que golpea a nuestra patria. Copei es y seguirá siendo una institución responsable con sus procesos, pero siempre fiel a su doctrina de resguardo del bienestar colectivo y el bien común.

La presente Resolución se aprobó en el marco de la sesión extraordinaria conjunta, celebrada de manera virtual por los miembros del Comité Nacional y de la Comisión Electoral Nacional (CNE), en fecha 15 de julio de 2026.

Pedimos a toda nuestra militancia mantener la fe, la unión y enfocar todas nuestras fuerzas en la reconstrucción y el apoyo mutuo en cada rincón de Venezuela.

En Caracas, a los quince (15) días del mes de julio del año Dos Mil Veintiséis (2026), en la Sede Oficial del Partido Demócrata Cristiano Copei, Quinta Cujicito, Sector El Bosque, Municipio Chacao del estado Miranda.

Sin otro particular, quedamos a su disposición para cualquier aclaración.

¡Por la justicia social y el bienestar del pueblo venezolano!